Legales de Familia

Régimen matrimonial que consiste en que cada bien mueble o inmueble que cualquiera de los cónyuges adquiera para sí, se incorpore únicamente en su patrimonio y que por lo tanto puede vender, ceder y regalar sin autorización. Los patrimonios de cada cónyuge y su administración se mantienen separados antes y durante el vínculo matrimonial.

Es decir, “lo que es mío es mío y lo que es tuyo es tuyo”. Este régimen se puede pactar antes de la celebración del matrimonio, en el mismo acto de su celebración (capitulaciones matrimoniales) o durante el matrimonio. Durante el matrimonio el régimen de sociedad conyugal puede ser sustituido por el de separación total de bienes.